En ARC ABOGADOS le asesoramos para que acorde con la normatividad que rige el sistema de seguridad social en salud los usuarios reciban los servicios médicos requeridos en su debida especialidad y oportunidad, para ello le asesoramos para que ante las diferentes situaciones se adelanten las reclamaciones al sistema de salud tendientes a obtener el acceso a servicios médicos asistenciales, liquidación y pago de incapacidades, tratamientos médicos, el suministro de medicamentos y prótesis entre otros.
Afiliación y aportes al sistema
El Sistema de Salud, el cual fue creado con la Ley 100 de 1993 señala que existe la obligación por parte del empleador de afiliar a sus trabajadores al sistema y la obligación del Estado de facilitar la afiliación a quienes carezcan de vínculo con algún empleador o de capacidad de pago.
Existen dos tipos de afiliaciones al Sistema General de Seguridad Social en Salud; los afiliados al régimen contributivo, que son aquellas personas vinculadas a través de contrato de trabajo, los servidores públicos, los pensionados y los trabajadores independientes con capacidad de pago.
Los afiliados al Sistema mediante el régimen subsidiado son las personas sin capacidad de pago para cubrir el monto total de la cotización. Serán subsidiadas en el Sistema General de Seguridad Social en Salud la población más pobre y vulnerable del país en las áreas rural y urbana.
La afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud se realizará una sola vez, donde se adquieren derechos y obligaciones que del mismo se derivan; implica la aceptación de las condiciones propias del régimen contributivo o subsidiado y aquellas relacionadas con las cuotas moderadoras y copagos para la prestación de los servicios de conformidad con las normas vigentes las cuales deberán ser informadas al afiliado.
Acceso a los servicios médicos asistenciales y económicos
El acceso a los servicios asistenciales tiene como fin, la prestación directa de servicios médicos, odontológicos, quirúrgicos, hospitalarios, farmacéuticos, paramédicos, y medios auxiliares de diagnóstico y tratamiento, conducentes a conservar o restablecer la salud de los pacientes.
Las prestaciones asistenciales y económicas derivadas de un accidente de trabajo o de una enfermedad laboral, serán reconocidas y pagadas por la ARL a la cual se encuentre afiliado el trabajador en el momento de ocurrir el accidente o en el caso de la enfermedad laboral, al momento de requerir la prestación.
En caso de que el trabajador se encuentre desvinculado del Sistema General de Riesgos Laborales y sufra una enfermedad calificada como laboral, las prestaciones las deberá asumir la última ARL a la cual estuvo vinculado, siempre y cuando el origen de la enfermedad pueda imputarse al periodo en el que estuvo cubierto por ese Sistema.
Liquidación y reclamación de incapacidades
Las incapacidades laborales son pagadas al empleador por la EPS o la ARL, las cuales deben ser retribuidas al trabajador. Las incapacidades son de origen común o laboral, y dependiendo de ello así se deben liquidar.
Las incapacidades laborales se liquidan sobre el salario cotizado, es decir, se toma como referencia el salario que el empleador utilizó para pagar las cotizaciones a seguridad social, o ingreso base de cotización (IBC). El porcentaje de liquidación de las incapacidades laborales depende de la duración de la incapacidad.
La EPS paga el 66.66% sobre el ingreso base de cotización, siempre que el resultado no sea inferior al salario mínimo. En consecuencia, si al aplicar el 66.66% el resultado es equivalente a menos de un salario mínimo, la EPS deberá pagar el porcentaje suficiente para alcanzar el salario mínimo.
Las incapacidades de origen laboral las paga la ARL desde el día siguiente al accidente hasta el último día, la base para liquidar la incapacidad de origen laboral es el salario sobre el cual se hayan realizado los aportes a seguridad social, y las incapacidades de origen laboral se liquidan y pagan con el 100% del ingreso base de cotización.
Reclamación de tratamientos médicos
Una reclamación médica es una queja formal que realiza la persona, debido a un servicio relacionado con la atención recibida por parte del médico o centro donde fue atendido.
Existen diferentes tipos de reclamación, desde aquellas motivadas por cuestiones económicas, hasta las que se refieren exclusivamente a causas médicas, disponer de herramientas orientadas a solucionar este tipo de problemas es imprescindible para el paciente se sienta atendido en todo momento.